Estimadas familias, 28 de noviembre de 2023 se celebran las elecciones de renovación del Consejo Escolar del centro para las dos vacantes generadas por parte de los representantes de las familias y las dos vacantes generadas de profesorado que tienen que renovar, ya que se renueva por mitades. Además, se van a renovar las vacantes totales del alumnado de ESO, dos vacantes, al no estar cubiertas por el alumnado electo. Dicho procedimiento se realizará tal y como establece la normativa vigente siguiente:

  • D. 82/1996 DEL 26 DE ENERO R.O.C
  • ORDEN de 18 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón. R.O.C.
  • DECRETO 146/2022, de 5 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros Públicos Integrados de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1996 POR LA QUE SE REGULA LA ELECCIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES.

El calendario de actividades a tener en cuenta es el que viene a continuación:

1. CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL ANTES DEL 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
1.1   APROBACIÓN DEL CENSO Y FIJACIÓN DEL CALENDARIO ELECTORAL 7 DE NOVIEMBRE DE 2023
1.2   PUBLICACIÓN DEL CENSO Y PERÍODO DE RECLAMACIONES DEL 8 DE NOVIEMBRE AL 10 DE NOVIEMBRE DE 2023
1.3   RESOLUCIÓN DEFINITIVA 13 DE NOVIEMBRE DE 2023
2. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS DEL 14 AL 17 DE NOVIEMBRE DE 2023
2.1 PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS PROVISIONALES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023
2.2 RECLAMACIONES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023
2.3 LISTA DEFINITIVA 23 DE NOVIEMBRE DE 2023
3. CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL

 CELEBRACIÓN DE ELECCIONES

28 DE NOVIEMBRE DE 2023

28 DE NOVIEMBRE DE 2023

4. PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS ELECTOS Y SUPLENTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023
5. SESIÓN DE CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR 1 DE DICIEMBRE DE 2023

El día 7 de noviembre se publicará el censo electoral:

  • En el edificio de Primaria dejaremos una copia en la zona más cercana a la puerta de los alumno/as de Primaria, próxima a conserjería.
  • En el edificio de Secundaria dejaremos otra copia en la zona de acceso al hall del edificio.

Estarán divididas en bloques de varios apellidos para que sea más fluido el poder revisarlas.

Es necesario que le echéis un vistazo y nos comuniquéis, antes del 10 de noviembre, cualquier incidencia o error que encontréis.

La presentación de candidaturas se realizará del 14 al 17 de noviembre presentando un escrito en el que aparezca nombre, apellido, DNI y su presentación como candidato/a.

El día 28 la votación se realizará en la biblioteca del edificio de primaria, accediendo por la puerta de entrada y salida del alumnado de educación primaria y se podrá realizar en los siguientes horarios:

  • 8:00 a 10:00 horas
  • 14:00 a 16:30 horas

Si alguna familia desea votar por correo, puede hacerlo y dirigir los votos a la atención de la mesa electoral, dichos votos deben llegar un día antes de la finalización del escrutinio, que se ha fijado el miércoles 28 de noviembre de 2023. El voto por correo debe cumplir el sistema de doble sobre de la siguiente manera: el sobre exterior irá dirigido a la Mesa electoral, y contendrá en su interior fotocopia del DNI o equivalente y el sobre interior no contendrá ningún elemento de identificación y dicho sobre interior contendrá la papeleta del voto

El voto será proporcionado por el centro a partir del jueves 23 de noviembre en Conserjería de Primaria. No obstante, habrá posibilidad de obtener una papeleta de voto el mismo día de las elecciones.

Ante las preguntas que nos llegan, pasamos a resolver dudas con el artículo que aparece en la normativa que regula el proceso de renovación del consejo escolar:

Capítulo II. Órganos colegiados de gobierno, de los reales decretos nombrados anteriormente:

Artículo 14. Elección de los representantes de los padres.

  1. La representación de los padres en el consejo escolar corresponderá a éstos o a los representantes legales de los alumnos, sea cual fuere el número de hijos escolarizados en el centro. El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales.
  2. Serán electores y elegibles todos los padres o tutores legales de los alumnos que estén matriculados en el centro y que, por tanto, deberán figurar en el censo. La elección se producirá entre los candidatos admitidos por la junta. Las asociaciones de padres de alumnos legalmente constituidas podrán presentar candidaturas diferenciadas.
  3. La elección de los representantes de los padres de los alumnos estará precedida por la constitución de la mesa encargada de presidir la votación, conservar el orden, velar por la pureza del sufragio y realizar el escrutinio.
  4. Podrán actuar como supervisores de la votación los padres o tutores legales de los alumnos matriculados en el centro propuestos por una asociación de padres de alumnos del mismo o avalados por la firma de diez electores.
  5. El voto será directo, secreto y no delegable. Cada elector podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir e identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad, u otro documento equivalente.
  6. A fin de conseguir la mayor participación posible, los padres de los alumnos podrán utilizar el voto por correo. A tal efecto, el voto deberá ser enviado a la mesa electoral del centro antes de la realización del escrutinio mediante una carta que deberá contener el voto emitido y una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o de un documento acreditativo equivalente.

Dejamos el PDF de la noticia por si queréis descargarlo: comunicado familias de información del consejo escolar

Un saludo.

La Junta Electoral.